En
el presente artículo, el autor aborda la Constitución de 1991 desde
una visión anti-neoliberal y destaca lo que a su juicio ha sido
desarrollado para causar males a la sociedad colombiana.
La
presentación nos dice sobre que va a tratar todo el escrito:
"escarba su raigambre neoliberal, que –entre otros
aspectos– le abrió camino a las privatizaciones y su
secuela desnacionalizadora, a la conversión de los derechos
ciudadanos en negocio para enriquecer a unos cuantos oligopolios
y a la precarización
del trabajo."
Nota. Con
el debido respeto que merece el autor y el escrito, la verdad
no me gusto porque es redundante y un tanto sesgado el análisis,
pero son interesantes las propuestas que hace y en virtud del respeto
de la diferencia lo posteo para ampliar un poco mas las opiniones
sobre la Constitución de 1991, en lo referente a los aciertos y
desaciertos.
Por otra parte me gusto mas la referencia que hace al
final del texto, sobre una carta de Francisco Mosquera (El Tiempo-1990) del cual citaré algunos extractos:
"Al
implantarse el referendo, y la Asamblea Constitucional, restándole
cualquier injerencia al Congreso, queda franqueable la vía
extraordinaria de variar el ordenamiento jurídico de la nación
mediante los acuerdos políticos, un recurso que en nuestra historia
patria siempre ha servido para imponer fraudulentamente, sobre la
mayoría doblegada, la voluntad de los transitorios detentadores del
mando. Y con las "asambleas populare", las "consultas
populares" y demás artificios "populares", las
cabildadas se terminan legitimando, igual en los tiempos de Bolívar
que en los días preliminares al Frente Nacional."
Cuando
los jefes máximos de las viejas colectividades, Alberto Lleras y
Laureano Gómez, pactaron la realización del plebiscito del 1º de
diciembre de 1957, y a sabiendas de que pedían, por medios harto
irregulares, el reconocimiento constitucional de un favoritismo
inadmisible, la distribución milimétrica de los cargos de los tres
poderes públicos entre el liberalismo y el conservatismo, se
comprometieron a no recurrir otra vez a tan singular expediente. He
ahí el verdadero, motivo del artículo 13 de aquella componenda
convalidada en las urnas, en virtud del cual se señaló de nuevo al
legislativo como único conducto para introducirle cambios, "en
adelante", a la Constitución, y cuya derogatoria de facto
vuelve y juega en el presente como símbolo de las conquistas
democráticas, siendo que entraña lo contrario, además del
rompimiento de esa especie de promesa promulgada por los dos partidos
tradicionales hace exactamente 33 años."
"En
síntesis, el gobierno estará pronto autorizado a remover de la
superestructura de la sociedad cuanto obstáculo se interponga a sus
objetivos estratégicos, los cuales no son otros que las exigencias
del Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial, en la
actualidad circunscritas a la liberalización de las economías de
los países débiles y aceptadas por las clases dominantes de éstos
para mayor gloria de los monopolios imperialistas, primordialmente
los de Estados Unidos."
"En
los círculos interesados en la venta de la Nación se habla de los
derechos humanos con frecuencia, y, sin duda, los constitucionalistas
encontrarán la forma de incluirlos a tentebonete dentro del
articulado, ciñéndose a los conceptos de "democracia
participativa", "soberanía del pueblo", "juntas
políticas populares de carácter permanente" y otras necedades
doctrinarias que andan por ahí rodando. Pero el verdadero "revolcón"
se le dará al país en el ruedo de la apertura económica, que
requiere un ámbito constitucional distinto, operante, flexible."